El Gobierno de Canarias acepta las modificaciones planteadas por el Estado a su Ley de Presupuestos para 2026

El ministro Torres firma el acuerdo que resuelve las discrepancias sobre varios preceptos de la norma autonómica que no daban garantías jurídicas al complemento autonómico de las pensiones no contributivas

El Gobierno de España y el Gobierno deCanarias han alcanzado un acuerdo en el seno de la Comisión Bilateral deCooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias mediante el cual el Ejecutivo autonómico acepta las modificacionesplanteadas por el Estado respecto a determinados artículos de la Ley 9/2025,de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para2026.

El acuerdo, suscrito por el ministro de Política Territorial y MemoriaDemocrática, Ángel Víctor Torres, permite resolver las discrepancias competenciales detectadas por el Estado sobre varios preceptos de la normapresupuestaria autonómica y evita así la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional. Con los criterios de aplicación administrativa ynormativa acordados se da seguridad jurídica, como propuso el Estado, a losbeneficiarios de pensiones no contributivas en Canarias a la hora de percibirel importe máximo posible de la pensión complementaria activada por el Gobierno insular, puesto que, sin este acuerdo, podía suscitarse la cuestión de que no quedara garantizado que la recibieran si superaba -con la suma de ambas- el tope anual máximo recogido en los Presupuestos Generales del Estado

El ministro Torres ha destacado que este acuerdo, “es fruto del diálogopermanente y la voluntad del Gobierno de España de tender siempre la mano,y aporta una solución con garantías a miles de pensionistas”.

Modificaciones aceptadas por Canarias

En virtud del acuerdo alcanzado, el Gobierno de Canarias se compromete a promover modificaciones legislativas para suprimir el apartado 4 del artículo 56 y el apartado cuatro de la disposición final sexta de la ley autonómica. Asimismo, ambas administraciones acuerdan interpretar y aplicar la disposición adicional cuadragésima cuarta conforme a la normativa estatal vigente en materia de pensiones no contributivas y a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

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